Temario
Las lecciones, en su orden de estudio, para comprender las bases y aprender el método de resolución.
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Específica de Ciencias Sociales y Jurídicas
Clases: miércoles 18:30–20:30 (Grupo 1, Aula 18) · Ver el horario
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Empieza por las bases y avanza hasta reconocer qué te pide cada ejercicio. Usa estos tres recorridos según lo que necesites hoy.
Las lecciones, en su orden de estudio, para comprender las bases y aprender el método de resolución.
Conceptos importantes, explicaciones, ejemplos, tarjetas y esquemas para repasar antes de practicar.
Elige un tema o trabaja con ejercicios tipo examen. Puedes activar una cuenta atrás orientativa.
Referencia histórica identificada. Consulta sus condiciones y distingue este modelo de tu examen actual.
Formato de este modelo: Plantilla de 30 respuestas de cuatro opciones (6 puntos) y cuatro desarrollos de hasta 1 punto (4 puntos).
Paquete oficial de 2026: Consultar los exámenes oficiales en ZIP (nueva pestaña). Dentro del ZIP, busca Introducción al derecho Modelo 1.pdf.
Índice oficial de exámenes (nueva pestaña) · Paquete histórico de comparación (nueva pestaña)
Contraste realizado: Se conserva en 2025 y 2026 la plantilla de 30 ítems, las puntuaciones del test y cuatro desarrollos; cambian los contenidos. Modelo 1 de 2026 repite los números 26 y 27 e incluye 32 enunciados; modelo 2 dice ABRIL 2026.
Fuente comprobada el 2026-10-20. No acredita el formato ni el programa de otra convocatoria.
Estas referencias conservan las fechas y el alcance de sus documentos. Las instrucciones del modelo de 2026 son las del bloque anterior; confirma las condiciones de tu próximo examen con el profesorado.
Programa del curso actual pendiente de confirmarLos modelos oficiales de 2026 y 2025 enlazados arriba permiten practicar su formato histórico. Confirma con el profesorado el programa y las condiciones del curso 2026/27.
No hay guía didáctica de esta convocatoria localizada. Las lecciones de la ruta de estudio son una base orientativa hasta tenerla.
Glosario de Introducción al Derecho (4 términos)
Plantilla de 30 respuestas de cuatro opciones (6 puntos) y cuatro desarrollos de hasta 1 punto (4 puntos).
Test: +0,20 por acierto, −0,06 por error; en blanco: 0. Desarrollo: cuatro preguntas de hasta 1 punto; en blanco o erróneas no penalizan. No se corrige automáticamente la numeración anómala del original.
No. Es una referencia histórica. Confirma con el profesorado el programa y las condiciones de tu convocatoria. El modelo 1 contiene 32 enunciados por duplicación de 26 y 27, pese a la plantilla y total referidos a 30: no se debe inventar cómo los evaluaría el tribunal. Los modelos incluyen terminología histórica sobre incapacitación; no utilizarla como explicación vigente ni extrapolar sin revisar normativa. La solución seleccionada se contrasta con el Código Civil art.1 en BOE, consultado el20/10/2026, texto consolidado que indica actualización03/01/2025.
Material propio orientativo sobre modelos históricos, sin clave oficial ni aval docente humano. Distingue la fecha y eficacia de cada norma; intenta las variantes antes de abrir sus soluciones.
Producción escrita:
Orden propuesto por PAUM25. Sin guía localizada: orden propuesto de las normas y sus fuentes a los derechos y la organización del Estado. Dentro de cada tema, de lo básico a lo de nivel de examen. Con «siguiente» al final de cada lección sigues este mismo orden.
Empezar por la primera lección
Repasa las ideas clave, por qué se aplican y sus ejemplos. Debajo encontrarás las tarjetas y los esquemas de esta asignatura.
Lee cada idea, su contexto y su ejemplo; después comprueba si puedes recordarla. Comprender el contexto y practicar sigue siendo necesario. Las tarjetas anteriores y su progreso se conservan debajo.
Respuesta: Las normas se ordenan por rango y una norma inferior no puede contradecir a otra de rango superior. En el ordenamiento interno español, la Constitución ocupa la posición más alta; en el esquema introductorio, las leyes están por encima de los reglamentos.
Cuándo y por qué: Que una norma sea más reciente no la hace superior. Además de la jerarquía, importan el reparto de competencias y el Derecho de la Unión Europea, que matizan el esquema básico de Constitución, leyes y reglamentos. Fuente de contraste: Constitución arts.9.3,97,106,117, BOE; consulta20/10/2026, texto consolidado con actualización20/05/2026. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229#a9
Ejemplo: Un reglamento aprobado en 2025 no puede contradecir una ley aprobada en 2010, aunque sea posterior, porque tiene un rango inferior.
Respuesta: El artículo 1.1 enumera la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho. La costumbre rige solo en defecto de ley aplicable y con los requisitos del artículo 1.3 (entre ellos, que resulte probada). Los principios generales se aplican en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador.
Cuándo y por qué: El orden de la enumeración indica cómo se aplican las fuentes de forma subsidiaria, que no es lo mismo que la jerarquía entre normas (artículo 1.2). Conviene leer cada apartado del artículo en su contexto. Fuente de contraste: Código Civil art.1, BOE; consulta20/10/2026, texto consolidado con actualización03/01/2025. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#a1
Ejemplo: Si una ley aplicable regula una cuestión, no puede invocarse una costumbre contraria para desplazarla.
Respuesta: No. En el sentido del artículo 1.6 del Código Civil, la jurisprudencia complementa el ordenamiento con la doctrina que, de modo reiterado, establece el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar las fuentes.
Cuándo y por qué: Una sentencia aislada de un juzgado no es jurisprudencia en ese sentido. Además, el artículo 1 no enumera la jurisprudencia como fuente, sino que le atribuye una función complementaria. Fuente de contraste: Código Civil art.1.6, BOE; consulta20/10/2026, texto consolidado con actualización03/01/2025. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#a1
Ejemplo: Una única resolución de un juzgado de primera instancia no fija jurisprudencia; varias sentencias del Tribunal Supremo con el mismo criterio sí pueden hacerlo.
Respuesta: El poder legislativo elabora las leyes, el ejecutivo dirige la política y la Administración, y el judicial juzga y hace ejecutar lo juzgado mediante los tribunales. Cada uno tiene funciones diferenciadas y existen controles recíprocos.
Cuándo y por qué: Separar los poderes no significa aislarlos: las Cortes controlan al Gobierno y los tribunales controlan la legalidad de la actuación administrativa. La función jurisdiccional corresponde a los tribunales, no a la Administración. Fuente de contraste: Constitución arts.66,97,106,117, BOE; consulta20/10/2026, texto consolidado con actualización20/05/2026. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229#a66
Ejemplo: Las Cortes Generales aprueban una ley, el Gobierno la desarrolla mediante un reglamento y un tribunal resuelve un conflicto sobre su aplicación.
Respuesta: El artículo 27 de la Constitución reconoce el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, dentro de la sección primera del capítulo segundo del título I. El artículo 53 establece las garantías: el 53.1 vincula a los poderes públicos y exige respetar el contenido esencial; el 53.2 prevé una tutela preferente y sumaria y, en su caso, el amparo constitucional para el artículo 14 y la sección primera.
Cuándo y por qué: Memorizar el número no basta: hay que relacionar derecho, ubicación y garantía. Que un derecho esté reconocido no significa que proceda cualquier recurso en cualquier situación; hay que cumplir los requisitos correspondientes. Fuente de contraste: Constitución arts.27 y53, BOE; consulta20/10/2026, texto consolidado con actualización20/05/2026. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229#a27
Ejemplo: Respuesta bien construida: «Derecho a la educación → art. 27 → título I, capítulo segundo, sección primera → garantías del art. 53.1 y 53.2».
Respuesta: Es una decisión de una Administración pública, sometida a la ley y al Derecho, que produce efectos jurídicos en un caso concreto. Debe dictarla el órgano competente, siguiendo el procedimiento y con la forma que correspondan.
Cuándo y por qué: No debe confundirse con un reglamento, que es una norma general que se integra en el ordenamiento. El acto administrativo aplica normas a un caso determinado. Fuente de contraste: Ley39/2015 art.34, BOE; consulta20/10/2026, texto consolidado con actualización06/11/2024. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565#a34
Ejemplo: La resolución que concede o deniega una beca a una persona concreta es un acto administrativo; la norma que fija los requisitos generales de las becas no lo es.
Respuesta: La ley orgánica regula las materias del art. 81.1 de la Constitución y exige mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto (art. 81.2). La ordinaria regula materias no reservadas y no exige esa mayoría.
Cuándo y por qué: No es una relación de jerarquía, sino de reserva de materia y de procedimiento. Fuente: Constitución art. 81, BOE, extracto contrastado el 24/10/2026 (texto consolidado informativo).
Ejemplo: El régimen electoral general está reservado a ley orgánica.
Respuesta: Ambos los dicta el Gobierno con rango de ley. El decreto-ley exige extraordinaria y urgente necesidad, tiene límites materiales y debe convalidarse o derogarse en el Congreso en 30 días (art. 86). El decreto legislativo nace de una delegación de las Cortes por ley de bases o ley ordinaria, expresa, para materia concreta y con plazo (arts. 82 y 85).
Cuándo y por qué: El decreto-ley no puede afectar, entre otras materias, a los derechos, deberes y libertades del título I ni al Derecho electoral general. Fuente: Constitución arts. 82, 85 y 86, BOE, extracto contrastado el 24/10/2026.
Ejemplo: Refundir varias leyes dispersas: ley ordinaria de autorización y decreto legislativo.
Respuesta: Doce miembros nombrados por el Rey (cuatro a propuesta del Congreso, cuatro del Senado, dos del Gobierno y dos del Consejo General del Poder Judicial), por nueve años y con renovación por terceras partes cada tres. Conoce del recurso de inconstitucionalidad, del recurso de amparo y de los conflictos de competencia.
Cuándo y por qué: La legitimación para el recurso de inconstitucionalidad está tasada en el art. 162. Fuente: Constitución arts. 159, 161 y 162, BOE, extracto contrastado el 24/10/2026.
Ejemplo: Un conflicto de competencias entre el Estado y una comunidad autónoma corresponde al Tribunal Constitucional.
Respuesta: La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno (art. 30 CC). El concebido se tiene por nacido para los efectos que le sean favorables si nace en esas condiciones (art. 29 CC).
Cuándo y por qué: Capacidad jurídica es poder ser titular de derechos y obligaciones; capacidad de obrar, término tradicional, es poder actuar por uno mismo. Fuente: Código Civil arts. 29 y 30, BOE (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art29), extracto contrastado el 24/10/2026.
Ejemplo: Un legado a favor de un concebido se adquiere si nace con vida y enteramente desprendido.
Respuesta: Las personas mayores de edad o menores emancipadas que lo precisen reciben apoyos para el adecuado ejercicio de su capacidad jurídica, respetando su voluntad, deseos y preferencias, con necesidad y proporcionalidad; las funciones representativas son excepcionales (art. 249 CC).
Cuándo y por qué: «Incapacitación» es terminología anterior que aparece en modelos históricos; no se explica como régimen vigente. La representación de menores y la voluntaria siguen existiendo. Fuente: Código Civil art. 249, BOE (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art249), extracto contrastado el 24/10/2026.
Ejemplo: Un adulto recibe ayuda de una persona de confianza para comprender un contrato y decide él mismo.
Respuesta: Toda obligación consiste en dar, hacer o no hacer alguna cosa (art. 1088 CC) y nace de la ley, de los contratos y cuasicontratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga culpa o negligencia (art. 1089 CC).
Cuándo y por qué: El acreedor puede exigir la prestación; el deudor debe cumplirla. Prescripción y caducidad no tienen un plazo universal. Fuente: Código Civil arts. 1088 y 1089, BOE (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art1088), extracto contrastado el 24/10/2026.
Ejemplo: En una compraventa, la entrega de la cosa es una prestación de dar que nace del contrato.
Respuesta: No hay contrato sin consentimiento de los contratantes, objeto cierto que sea materia del contrato y causa de la obligación (art. 1261 CC). El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse (art. 1254 CC).
Cuándo y por qué: No confundas objeto (la cosa o el servicio) y causa (la razón jurídica del intercambio). Fuente: Código Civil arts. 1254 y 1261, BOE (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art1261), extracto contrastado el 24/10/2026.
Ejemplo: Comprometerse a «vender algo» sin determinar qué no cumple el requisito de objeto cierto.
Respuesta: Preámbulo, preliminar y títulos I–X: 169 artículos en total, con disposiciones 4 adicionales/9 transitorias/1 derogatoria/1 final. Aprobación 31/10, referéndum 6/12, sanción 27/12 y publicación/vigor 29/12/1978.
Cuándo y por qué: Forma más contenido: derechos en I, Cortes en III, territorio en VIII y reforma en X.
Ejemplo: Explica por qué preliminar más diez numerados no significa diez títulos en total.
Respuesta: El 167 es la vía general; el 168 rige revisión total y ámbitos protegidos. En 168 hay aprobación inicial de dos tercios de cada Cámara, disolución, nuevas Cámaras y referéndum obligatorio; en 167 no todo referéndum es automático.
Cuándo y por qué: Reglas del título X, con fases completas y límite de iniciación del 169.
Ejemplo: Cambiar valores de CE 1 activa 168; un cambio fuera de esos ámbitos exige examinar 167, no copiar sus fases.
Respuesta: Congreso y Senado legislan y controlan; la confianza parlamentaria al Gobierno corresponde al Congreso. La asimetría legislativa no priva al Senado de función.
Cuándo y por qué: Bicameralismo: órgano y función antes de responder.
Ejemplo: Una pregunta de un senador a un ministro ejerce control; no equivale a votar la investidura.
Respuesta: Para efecto directo se actúa en nombre ajeno y dentro de facultades. Mandato y poder no son sinónimos universales. Sin autorización, el art. 1259 contempla ratificación anterior a revocación por la otra parte; no se presume. La indirecta actúa en nombre propio por cuenta ajena, con los efectos y excepción del art. 1717; no se confunde con la directa. Existencia de poder y respeto de sus límites son distintos: por lo excedido, el art. 1727 no obliga al mandante salvo ratificación expresa o tácita, que no se presume.
Cuándo y por qué: D09: sujetos, clases legal/voluntaria y límites. Apoyos de Ley 8/2021 conservados.
Ejemplo: Compra de 250 € dentro del máximo autorizado de 300 € frente al mismo acto sin autorización.
Respuesta: En la derivativa traslativa cambia el titular de un derecho que continúa; en la constitutiva se crea un derecho limitado a partir de otro. Reunión de usufructo y propiedad: consolidación y extinción del usufructo, CC 513.
Cuándo y por qué: No toda compraventa transmite por mera firma; art. 609 y régimen aplicable.
Ejemplo: Contrato válido y entrega de bicicleta frente a constitución de usufructo y posterior consolidación.
Respuesta: Primero, lugar designado en la obligación; sin designación, cosa determinada donde existía al constituirse; en los demás casos, domicilio del deudor. Pago por tercero no acredita automáticamente subrogación plena.
Cuándo y por qué: D10: identificar sujetos, prestación y vínculo; separar lugar y persona que paga.
Ejemplo: Cuadro en Córdoba al nacer la obligación, pero entrega pactada en Bilbao: rige Bilbao.
Respuesta: LO 1/1982: honor, intimidad e imagen son irrenunciables, inalienables e imprescriptibles; consentir un uso concreto no transmite el derecho entero. La acción del art. 9.5 caduca a los cuatro años desde que pudo ejercitarse.
Cuándo y por qué: Carácter extrapatrimonial compatible con reparación de daño moral; sin cuantías automáticas.
Ejemplo: Una autorización para un folleto no demuestra autorización para toda campaña futura.
Respuesta: CC 35 comprende entidades de interés público reconocidas y asociaciones de interés particular a las que la ley concede personalidad propia. No toda asociación es pública ni todo nombre comercial crea personalidad.
Cuándo y por qué: Requisitos según tipo de entidad; no registro ni responsabilidad limitada universales.
Ejemplo: Grupo con rótulo frente a entidad cuya personalidad legal se acredita en el enunciado.
Respuesta: Ley formal atiende a órgano parlamentario y procedimiento; decreto-ley tiene rango de ley con distinto origen. La reserva concreta exige intervención legal y puede admitir colaboración reglamentaria subordinada.
Cuándo y por qué: No todo el título I exige ley orgánica; examina 53, 81 y, para decreto-ley, 86. Sentido material: contenido; formal: órgano/procedimiento; rango: posición y fuerza de la norma
Ejemplo: Una orden sin cobertura no puede ocupar el régimen esencial reservado a ley; no basta llamarla norma general.
Respuesta: El poder originario establece un orden constitucional; el de reforma actúa por los procedimientos de la CE. Libertad, justicia, igualdad y pluralismo político son los valores del art. 1.1, distintos de soberanía y forma política.
Cuándo y por qué: No autoriza a órganos constituidos a saltarse la Constitución.
Ejemplo: Una ley ordinaria no puede darse por sí misma poder para alterar un valor constitucional.
Respuesta: Unidad, autonomía y solidaridad son compatibles. El Estatuto es norma institucional básica; su reforma sigue su procedimiento y requiere aprobación de Cortes por ley orgánica, sin referéndum universal para todos los supuestos.
Cuándo y por qué: CE 2, 137, 143 y 147; ley estatal/autonómica exige atender a competencia.
Ejemplo: Un reglamento no reforma por sí solo un Estatuto.
Respuesta: Congreso: D’Hondt por circunscripción y umbral del art. 163, no fórmula general del Senado. Grupos: en modelos 2025/marzo de 2026, 15 o 5 más 15 % territorial/5 % nacional según la redacción histórica y sus restricciones. La reforma de julio de 2026 difiere 10 %/3 % a XVI, con distinta base territorial.
Cuándo y por qué: Evidencia de 25/10/2026: Cámaras disueltas; elecciones 29/11 y constitución 23/12. Ibiza/Formentera separadas en esa convocatoria, conjuntas en el régimen histórico. Si cambia el estado, comprobar este dato antes de integrar.
Ejemplo: Una respuesta de marzo no se corrige retroactivamente con porcentajes diferidos. Ver el bloque para los ámbitos exactos de cómputo.
Respuesta: Cada Cámara tiene una Diputación Permanente, mínimo 21 miembros y proporcionalidad de grupos, presidida por el presidente respectivo. Continúa hasta nuevas Cortes con las funciones constitucionales concretas, sin asumir todo el Pleno.
Cuándo y por qué: CE 78; facultades correspondientes en 86 y 116, no habilitación ilimitada.
Ejemplo: Convalidación de decreto-ley en Congreso disuelto: su Diputación Permanente, no la del Senado.
Respuesta: La inviolabilidad individual protege opiniones en ejercicio de funciones; inmunidad durante mandato distingue detención flagrante y autorización para inculpar/procesar. Aforamiento identifica Sala Penal del Supremo, no absolución.
Cuándo y por qué: CE 66.3 y 71; no confundir garantía institucional con impunidad privada.
Ejemplo: Señalar un tribunal competente no demuestra inocencia ni convierte una conducta privada en opinión parlamentaria protegida.
Tres tarjetas cada vez. Piensa la respuesta, dale la vuelta y marca «Me la sé»: pasa a la línea de palabras ya estudiadas y entra una nueva. Pulsa una palabra de la línea para repasarla. 20 tarjetas.
Sigue estas relaciones y vuelve a la lección cuando necesites la explicación completa.
Duración de práctica orientativa; no es el tiempo oficial del examen. No entrega ni borra tus respuestas al terminar.
Sin cuenta atrás
Preguntas de las lecciones (20 distintas). No se repiten hasta que salen todas; después se barajan para otra vuelta, y las que fallas vuelven a salir antes.
Material propio orientativo sobre modelos históricos, sin clave oficial ni aval docente humano. Distingue la fecha y eficacia de cada norma; intenta las variantes antes de abrir sus soluciones.
Producción escrita:
Pregunta o extracto identificado del documento oficial. Consulta el original para ver la redacción, figuras y contexto completos. Nuestra solución es orientativa, no una plantilla oficial de corrección.
Documento: Introducción al derecho Modelo 1.pdf · Pregunta: Cuestionario, pregunta 10, página 3
Puntuación indicada en la referencia: +0,20 por acierto; −0,06 por error según instrucciones históricas.
10. En el ordenamiento jurídico español, las fuentes del Derecho según el artículo 1 del Código Civil son: a) La Constitución, la ley y el reglamento b) La ley, la costumbre y los principios generales del Derecho c) La ley, la jurisprudencia y la costumbre d) La Constitución, los tratados y la ley
Resultado y explicación: b) Ley, costumbre y principios generales del Derecho. Es exactamente la enumeración del art.1.1 CC; la solución razonada es propia y no una plantilla oficial.
Repasar el método en la lección D04
Paquete oficial de 2026: Consultar los exámenes oficiales en ZIP (nueva pestaña). Dentro del ZIP, busca Introducción al derecho Modelo 1.pdf.
Ejercicio propio orientativo. No está extraído de un examen oficial. Inténtalo antes de abrir la solución.
Supuesto ficticio con fines de estudio; no constituye asesoramiento jurídico. Supón que una ley aplicable al caso establece que las bibliotecas públicas municipales abrirán al menos un sábado al mes, y que no existe ningún problema de competencias. El ayuntamiento de un municipio aprueba después una ordenanza (norma reglamentaria local) que dispone que su biblioteca no abrirá ningún sábado. En el debate vecinal se escuchan tres argumentos: – Una concejala: «La ordenanza es posterior a la ley, así que es la que vale». – Un vecino: «Aquí siempre se ha cerrado los sábados; es costumbre del pueblo». – Otra vecina: «Un juzgado de otra ciudad dio la razón a un ayuntamiento en un caso parecido; eso es jurisprudencia». 1. ¿Qué norma prevalece? Justifícalo con el principio de jerarquía. 2. Valora el argumento de la concejala. 3. ¿Puede invocarse la costumbre en este caso? Razónalo con el artículo 1 del Código Civil. 4. ¿Es correcto llamar jurisprudencia a esa sentencia? Explícalo. 5. ¿Qué poder del Estado tendría, en su caso, la función de resolver con carácter vinculante un conflicto sobre la validez de la ordenanza?
Resultado y explicación: 1. Prevalece la ley. La ordenanza es una norma reglamentaria de rango inferior y, según el principio de jerarquía (recogido en el artículo 1.2 del Código Civil), carecen de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior. 2. El argumento es incorrecto. El criterio de que la norma posterior desplaza a la anterior opera entre normas del mismo rango; no permite que una norma inferior contradiga a una superior. La fecha no altera la jerarquía. 3. No. La costumbre solo rige en defecto de ley aplicable (artículo 1.3), y aquí existe una ley que regula la cuestión. Una práctica local contraria no puede desplazarla. 4. No. En el sentido del artículo 1.6, la jurisprudencia es la doctrina que establece de modo reiterado el Tribunal Supremo. Una sentencia aislada de un juzgado puede servir como argumento orientativo, pero no tiene esa función complementaria del ordenamiento. 5. El poder judicial: corresponde a los tribunales ejercer la función jurisdiccional y controlar la legalidad de las normas reglamentarias y de la actuación administrativa. La Administración no juzga su propia norma con carácter jurisdiccional. Fuentes de contraste: Código Civil art.1, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#a1 (consulta20/10/2026; consolidado03/01/2025), y Constitución arts.106 y117, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229 (consulta20/10/2026; consolidado20/05/2026). La solución solo aplica las premisas ficticias del ejercicio; no es asesoramiento jurídico.
Práctica escrita: 4 actividades
Resuelve por escrito y después consulta las soluciones y los criterios de revisión. Actividades originales orientativas; no reproducen el examen oficial.
Cuatro tareas originales con solución y criterios de revisión. Sirven para entrenar competencias; NO reproducen ni certifican el formato, puntuación o temario del examen ULPGC 2026/27.
Abrir práctica escrita de la asignaturaConsulta el formato, las normas y el documento oficial identificado en la información del examen. Una pregunta histórica resuelta no constituye un examen completo.
Trabajar la pregunta histórica y su solución Hacer el ejercicio propio resuelto
Los simulacros propios y las selecciones de preguntas se identifican como práctica. No se presenta una selección como reproducción íntegra de un examen oficial.